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STPS hace 200 requerimientos a Audi México, por falta de procedimientos, programas y documentos

-Empresa asegura que ha cumplido el 82% de ellos, pero no aclara cuáles

Fotos ilustrativas: Unsplash y Audi México 

VERÓNICA DE LA LUZ

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) hizo 200 requerimientos administrativos a Audi México, derivado de 4 supervisiones extraordinarias que se efectuaron en abril, tras la muerte de un empleado en un accidente laboral.

 

De acuerdo a información solicitada por VERÍDICO PUEBLA, la firma alemana tiene como una de sus principales faltantes, que no se garantiza que todos los empleados de las empresas a las que se subcontrata, tengan seguridad social. Audi México tampoco está al tanto acerca de si las subcontratistas, brindan los derechos en materia de seguridad e higiene a sus empleados.

 

Por otra parte, Audi México no acredita, mediante documentación, que su personal de algunas áreas (emergencias en maquinaria, brigadas contra incendios o almacenamiento, transporte y almacenamiento de sustancias peligrosas) tenga las capacidades técnicas para desempeñar sus puestos de trabajo, y también se detectó que no en todas las áreas, se aplican procedimientos seguros de trabajo.

 

En las actas de 4 inspecciones que hizo la STPS en la empresa, se indica que carece de un programa específico de mantenimiento de las instalaciones del centro de trabajo. Por otra parte, su comisión de seguridad e higiene no puede acreditar, con un documento, tener capacitación y actualizaciones, y tampoco se tiene certeza de que, esta misma comisión, dé seguimiento a los casos de accidentes y enfermedades de trabajo, ni investigue el origen de las mismas.

 

En temas preponderantes, como la operatividad de maquinaria y equipo, la empresa carece de un documento que acredite que se capacita a los trabajadores para la atención de emergencias.

 

Asimismo, no se tiene un programa anual teórico-práctico, en materia de prevención de incendios y atención de emergencias para capacitar a los trabajadores y a los integrantes de las brigadas contra incendios. Tampoco se tiene el registro del mantenimiento de instalaciones de gas licuado de petróleo o natural. 

 

Derivado de los incumplimientos de la empresa, la STPS hizo las 200 solicitudes. Además de la operación en seguridad e higiene, para prevenir los accidentes de trabajo, se hicieron recomendaciones como prohibir el uso de audífonos en el centro de trabajo, reemplazar y delimitar las franjas de tránsito peatonal, con el color correcto.

 

La STPS pidió hacer marcaje de las eslingas, antes de que se utilicen, en el área de Mantenimiento, y tener un documento que garantice que se aplican medidas de seguridad para la operación de las mismas. Debido a la falla en la operación de una de ellas, murió el trabajador Pedro Vásquez, a decir de testimonios.

 

Se pidió hacer una revisión exhaustiva de la banda transportadora en la que falleció Vásquez y se solicitó ver detalles de la maquinaria, como controles de operación y emergencia.

 

También se pidió cerciorarse de que los trabajadores del área de Montaje cuenten con equipo de protección, durante el desempeño de actividades.     

 

La STPS requirió a Audi México, contar con constancias de habilidades laborales del personal de la empresa que forma parte de los servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo.

 

Hay que decir que todas estas observaciones que hizo la STPS, fueron durante abril, por lo que, en meses subsecuentes, podrían haberse cumplido total o parcialmente.

 

A continuación, un listado general de las carencias que detectó la STPS, derivado de las inspecciones de abril. VERÍDICO PUEBLA recién las da a conocer, debido a un procedimiento de solicitud de información que demoró meses.

En acceso a la seguridad social, NO cuenta con lo siguiente:

  • Inscripción de los trabajadores contratados por empresas contratistas y subcontratistas, al IMSS

 

 

En cuanto a condiciones de seguridad en edificios e instalaciones, NO cuenta con:

  • Evaluación respecto a que los elementos estructurales tienen la capacidad de soportar las nuevas cargas, de requerirse un cambio de uso y, en su caso, se hacen adecuaciones necesarias para evitar riesgos de trabajo.
  • Registros de los resultados de las verificaciones oculares en bitácoras, medios magnéticos o en las actas de verificación de la Comisión de Seguridad e Higiene.
  • Programa específico de Mantenimiento de las Instalaciones del Centro de Trabajo y Registros de Ejecución.

 

 

En cuanto a la prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo, NO cuenta con:

  • Programa anual de revisión a las instalaciones eléctricas de las áreas del centro de trabajo, con énfasis en aquellas clasificadas como de riesgo de incendio alto, a fin de identificar y corregir condiciones inseguras que puedan existir.
  • Programa anual teórico-práctico, en materia de prevención de incendios y atención de emergencias para capacitar a los trabajadores y a los integrantes de las brigadas contra incendio.
  • Aunque sí tienen planeación de simulacros de emergencias de incendios, carecen de fecha y hora de ejecución.
  • Sí tienen plan de atención de emergencias de incendios, pero no tienen procedimientos para operación de equipos que sirvan para esta emergencia, procedimiento para evacuación del personal, periodicidad de simulacros, medios de difusión para que los trabajadores sepan cómo actuar en caso de incendio.
  • Mantenimiento de instalaciones de gas licuado de petróleo o natural.
  • Sí tienen un documento que acredita que tienen brigadas contra incendio, pero no pruebas de que hay capacidad de éstas, de evaluación de riesgos y de reconocer las herramientas que servirán para esta emergencia o cómo funcionan.
  • Documento que acredite capacitación de trabajadores y brigadas contra incendio, con base en el programa de capacitación anual teórico-práctico, en materia de prevención de incendios y atención a emergencias.
  • Tampoco se tiene un documento que acredite que se capacitó a empleados y brigadas contra incendio, sobre participación de ayuda mutua con otros centros de trabajo, con identificar un fuego incipiente y combatirlo, y conducir a los visitantes del centro de trabajo en simulacros, a un lugar seguro.
  • Registros de resultados de los programas anuales de revisión a las instalaciones de gas licuado de petróleo o gas natural.

 

Respecto a los sistemas de protección y dispositivos de seguridad en la maquinaria y equipo que se utiliza en el centro de trabajo, Audi México NO cuenta con:

 

  • Aunque sí tiene un estudio para analizar el riesgo al que están expuestos los trabajadores para el uso de maquinaria, equipo y herramientas, no define las superficies cortantes, proyección y calentamiento de la materia prima, subproducto y producto terminado. Tampoco considera el manejo y condiciones de la herramienta.
  • Programa específico para revisión y mantenimiento de la maquinaria, equipo y herramientas.
  • Documento que acredite que se capacita a los trabajadores para la atención de emergencias.
  • La STPS detectó que, aunque se ha capacitado a los empleados para la operación segura de la maquinaria y equipo, a la hora de la ejecución –al menos en el área de Mantenimiento- ya no se aplica un procedimiento seguro de trabajo, por lo que se pidió a la empresa capacitar al personal, de acuerdo a la NOM-006-STPS-2014.
  • De hecho, la STPS dijo que la empresa no cuenta con un documento que acredite que se capacita a los trabajadores para la operación segura de maquinaria y equipo.

 

 

 

Respecto a las condiciones de seguridad e higiene de trabajo para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias peligrosas, Audi México NO tiene:

 

  • Análisis de riesgos sobre las sustancias químicas peligrosas que se manejan, transportan o almacenan. La STPS hace mención especial de la nave A60.
  • La empresa sí tiene programa específico para el manejo, transporte y almacenamiento de estas sustancias químicas peligrosas, pero no se clarifican cantidades máximas a partir de su riesgo potencial, tipo de equipo de personal requerido para riesgos, ni procedimientos de limpieza, desinfección o neutralización de las ropas y equipo de protección que pudieran contaminarse con este tipo de sustancias.
  • Procedimiento de autorización para realizar actividades peligrosas en el centro de trabajo.
  • Constancias de competencias o de habilidades laborales de la capacitación continua a los trabajadores, sobre el programa de seguridad e higiene para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas.

 

 

Sobre el manejo y almacenamiento de materiales y las condiciones de seguridad, NO cuenta con:

 

  • Programa específico para la revisión y mantenimiento de la maquinaria y equipos empleados para el manejo y almacenamiento de materiales. Sí se tienen algunos manuales de equipos específicos, pero solo por parte de los fabricantes de los mismos, pero no de Audi México.
  • Programa para revisión y mantenimiento de la maquinaria, conforme a recomendaciones del fabricante.
  • Procedimientos para actividades de manejo y almacenamiento de materiales en el centro de trabajo, mediante el uso de maquinaria, con procedimientos de seguridad para su instalación, operación y mantenimiento.
  • Procedimientos de seguridad para instalación, operación y mantenimiento, en las actividades de manejo y almacenamiento de materiales en el centro de trabajo, mediante el uso de maquinaria, de acuerdo con los manuales, instructivos o recomendaciones del fabricante o proveedor.
  • Procedimientos de seguridad para la operación, revisión y mantenimiento de la maquinaria utilizada en el manejo y almacenamiento de materiales.
  • Manual de primeros auxilios para la atención a emergencias, con base en el tipo de riesgos a los que están expuestos los empleados que hacen manejo y almacenamiento de materiales.
  • Sí cuentan con un documento que acredite que se aplican las medidas de seguridad para la operación de polipastos y malacates, pero hay faltantes, como revisiones físicas de los componentes, antes de iniciar las jornadas laborales para detectar posibles fallas que puedan representar riesgo para los trabajadores, entre otras cuestiones técnicas que podrían ayudar con la prevención de accidentes.
  • Documento que acredite que se aplican las medidas de seguridad para la revisión de eslingas (la presión y rompimiento de una eslinga provocó la muerte del trabajador Pedro Vásquez, de acuerdo a testimonios)
  • Sí cuenta con documento que acredita que hay revisiones a los elementos estructurales, estantes o plataformas, previo al mantenimiento de materiales, pero carece de la descripción de las condiciones inseguras o daños.
  • Documento que acredita que los transportadores por banda sean operados únicamente por trabajadores capacitados.
  • Documento que acredite que la revisión y mantenimiento de transportadores se realice únicamente por personal capacitado.
  • Documento que acredite que se informa a los trabajadores, sobre los riesgos a que están expuestos en el manejo y almacenamiento de materiales.
  • Constancias de competencias o habilidades laborales que acrediten que se capacita y adiestra el patrón a los trabajadores involucrados en el manejo y almacenamiento de materiales, de acuerdo con su actividad o puesto de trabajo.
  • Constancias de competencias o habilidades laborales que acrediten que se proporciona a los empleados de nuevo ingreso, curso de inducción sobre las condiciones generales de seguridad y salud en el trabajo, que deben cumplirse en las actividades de manejo y almacenamiento de materiales, de forma manual y con maquinaria.
  • Constancias de competencias o habilidades laborales que acrediten que se capacita y adiestra a los instaladores, personal de mantenimiento y operadores de maquinaria, así como a sus ayudantes.
  • Constancias de competencias o habilidades laborales que acrediten que se proporciona capacitación y/o adiestramiento con la periodicidad requerida.
  • Registro de la capacitación y adiestramiento proporcionada a los trabajadores.
  • Registro sobre el mantenimiento a la maquinaria empleada en el manejo y almacenamiento de materiales, con base en el programa destinado para ello y vigilancia a la salud de los colaboradores.

 

Respecto a las condiciones de seguridad para realizar trabajos en altura, la empresa NO cuenta con:

 

  • Instructivos, manuales o procedimientos para la instalación, operación y mantenimiento de los sistemas o equipos utilizados en los trabajos de altura, redactados en español, con base en instrucciones del fabricante.
  • Documento que acredite que se supervisa que los contratistas cumplan con lo establecido en la norma, cuando el patrón convenga los servicios e terceros para realizar trabajos en altura.

 

 

Respecto a los agentes químicos contaminantes del ambiente laboral, reconocimiento, evaluación y control, Audi México NO cuenta con:

 

  • Estudio actualizado de los agentes químicos contaminantes del medio ambiente laboral.
  • Informe de resultados de los agentes químicos contaminantes del ambiente laboral, elaborado por un laboratorio de pruebas acreditado y aprobado.
  • Programa de control para no exponer al personal ocupacionalmente expuesto, por encima de los límites de exposición a los agentes contaminantes del medio ambiente laboral.
  • Programa para la vigilancia a la salud del personal ocupacionalmente expuesto.
  • Acreditar que se informa a los trabajadores sobre los riesgos a la salud por la exposición a los agentes químicos contaminantes del medio ambiente laboral.

 

Sobre las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere ruido, la trasnacional INCUMPLE con lo siguiente, de acuerdo a la inspección de la STPS:

 

  • Programa específico de conservación de la audición del personal ocupacionalmente expuesto a ruido, con actualizaciones. Esto, con la finalidad de tener control y prevención de alteraciones de la salud de los trabajadores.

 

 

Sobre el equipo de protección personal, selección uso y manejo en los centros de trabajo, Audi INCUMPLE con:

 

  • Especificar los puestos de trabajo en el análisis de los riesgos a que están expuestos los colaboradores.
  • Constancias de habilidades del personal capacitado y adiestrado para el uso, revisión, reposición, limpieza, limitaciones, mantenimiento, resguardo y disposición final del equipo de protección personal, con base en indicaciones y procedimientos del fabricante.
  • Registro actualizado de la información derivada de la identificación y análisis de los riesgos de trabajo a los que están expuestos los trabajadores por cada puesto de trabajo y área del centro laboral.

 

 

Respecto a las Comisiones de Seguridad e Higiene, Audi México carece de:

 

  • Aunque sí cuenta con actas de recorridos de verificación, realizados por la comisión, no se encontró evidencia de que se investiguen las causas de los accidentes o enfermedades de trabajo, o se dé seguimiento a la instauración de las medidas propuestas por la comisión, para prevenir los riesgos de trabajo. En las actas de recorridos de verificación, tampoco se definen causas de accidentes y enfermedades de trabajo, ni seguimiento a recomendaciones formuladas en verificaciones anteriores.
  • Documento que acredite que se capacita, al menos una vez al año, a los integrantes de la Comisión de Seguridad e Higiene.
  • Documento que acredite que se proporciona un curso de inducción cuando se incorpora un nuevo integrante o integrantes a la comisión.

 

 

Acerca del funcionamiento de los recipientes sujetos a presión, recipientes criogénicos y generadores de vapor o calderas, la STPS detectó que la empresa NO cumple con:

 

  • Documento que acredite que se capacita al personal que realiza actividades de operación, mantenimiento, reparación o pruebas de presión o exámenes no destructivos a equipos clasificados en categorías 2 y 3 (peligrosos), de acuerdo a la NOM-020-STPS-2011.
  • Aunque sí cuenta con registro de operación de los equipos instalados en el centro de trabajo, carece de número de control asignado por la STPS y nombre y firma del responsable.

 

Referente a la electricidad estática en los centros de trabajo y sus condiciones de seguridad, Audi México CARECE de:

 

  • Constancias de competencias o habilidades laborales de los trabajadores involucrados en actividades en las que se genere o acumule electricidad estática, en la instalación, revisión de sistemas de puesta a tierra y/o sistemas de pararrayos.

 

 

Sobre las condiciones de seguridad e higiene, la firma NO cuenta con:

 

  • Programa para prevención de alteraciones a la salud por exposición a las vibraciones que contenga, al menos, el reconocimiento de las áreas, puestos y procesos de trabajo en los cuales se encuentra el Personal Ocupacionalmente Expuesto (POE) a vibraciones, efectuado a través de laboratorios acreditados y aprobados
  • Programa para la prevención de alteraciones a la salud del personal ocupacionalmente expuesto.

 

 

En las condiciones de iluminación, la firma no tiene:

 

  • Programa específico de mantenimiento a luminarias y, en su caso, a los sistemas de iluminación de emergencia. De acuerdo a un programa antiguo, había diferentes fallas en puntos de la nave A60.
  • Evaluación de los niveles de iluminación en las áreas o puestos de trabajo seleccionados a partir de los registros del reconocimiento, efectuado a través de laboratorios acreditados y aprobados.
  • Documento que acredite que se informa a los trabajadores sobre los riesgos que puede provocar el deslumbramiento o un deficiente nivel de iluminación en sus áreas o puestos de trabajo.

 

Sobre los colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías, Audi México NO cuenta con:

 

  • Constancias de competencias o habilidades laborales de los trabajadores, sobre la correcta interpretación de los elementos de señalización.

 

En cuanto a las condiciones de seguridad e higiene en las actividades de soldadura y corte, la trasnacional INCUMPLE con:

 

  • Análisis de riesgos potenciales para las actividades de soldadura y corte que se desarrollen en el centro de trabajo.
  • Programa específico para la realización de actividades de soldadura y corte.
  • Sí tiene procedimientos de seguridad e higiene que deben ser aplicados por los trabajadores que desarrollan estas actividades, pero éstos carecen de actividades por desarrollar, número de empleados requeridos para estos trabajos, e identificación de actividades de esta área que represente condiciones de riesgo para los trabajadores.
  • Sí tiene procedimiento de autorización para los trabajadores que realizan actividades de soldadura y corte en diferentes espacios, pero éste carece de colocación de la copia del trabajador en un lugar visible, durante la realización del trabajo y su conservación, al menos, durante un año, así como verificación de que el personal se encuentra en área ventilada o con la extracción de gases o humos.
  • Procedimiento de rescate para actividades de soldadura y corte, en el caso de que se realicen en las alturas, sótanos, subterráneos, espacios confinados o recipientes donde existan polvos, gases o vapores inflamables o explosivos.
  • Controles específicos para las actividades arriba citadas.
  • Documento que acredite que se informa a los trabajadores que realizan actividades de soldadura y corte, al menos 2 veces al año, sobre los riesgos a los que se exponen.
  • Documento que acredite que se da capacitación y adiestramiento, al menos una vez al año, a los empleados del área y al supervisor que aplica los procedimientos de seguridad.
  • Documento que acredite que se capacita y adiestra a quienes darán mantenimiento preventivo y correctivo a la maquinaria del área, así como al personal que se asigna para proporcionar los primeros auxilios.
  • Documento que acredita capacitación a empleados, sobre uso, mantenimiento y reemplazo de equipo de protección personal.
  • Registro de trabajadores que desarrollan actividades de soldadura o corte, informándoles previamente de los riesgos a los que se exponen.
  • Asentar en el expediente médico del trabajador, los exámenes médicos y la vigilancia a su salud. Mantener actualizada la información.
  • Registro, en una bitácora, de los resultados de las revisiones a los equipos y elementos de seguridad acoplados a los cilindros que contengan gases combustibles.

 

 

Sobre el área de mantenimiento de las instalaciones eléctricas, Audi México CARECE de:

 

  • La empresa sí tiene procedimientos de seguridad para realizar las actividades de mantenimiento de las instalaciones eléctricas, pero carece de indicación para la revisión y ajuste de la coordinación de protecciones, y de instrucciones para bloquear equipos o colocar señalización, candados o dispositivos que indiquen que el circuito está desenergizado cuando se hacen labores de mantenimiento.
  • Procedimiento para la colocación del sistema de puesta a tierra temporal.
  • Documento que acredite que se informa a los trabajadores del área, sobre riesgos a los que están expuestos y medidas de seguridad sobre su actividad

 

Acerca de los servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo, funciones y actividades, Audi México tiene CARENCIAS de:

 

  • Constancias de habilidades laborales del personal de la empresa que forma parte de los servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo, en las funciones y actividades correspondientes.

 

Referente al sistema armonizado para la identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas en los centros de trabajo, la STPS detectó que en Audi México falta:

 

  • Sí se tiene actualizado el listado de las sustancias químicas peligrosas y mezclas que se manejan en el centro de trabajo, pero no se cuenta con la clasificación de sus peligros físicos y para la salud.
  • Documento que acredite que se proporciona capacitación y adiestramiento a los trabajadores que manejan sustancias químicas peligrosas y mezclas.
  • Mantener actualizado el sistema armonizado de identificación y comunicación de peligro de las sustancias químicas peligrosas y mezclas que se manejan en el centro de trabajo.
  • Sí se cuenta con un documento que acredite que se proporciona capacitación y adiestramiento a los trabajadores que manejan sustancias químicas peligrosas y mezclas, sobre el contenido de las hojas de datos de seguridad y señalización, pero se debe actualizar constantemente, cuando se incluyen nuevas sustancias peligrosas y cuando se actualiza una hoja de datos de seguridad y señalización. Actualizar al menos una vez al año.

 

Respecto a la supervisión de contratistas, Audi México NO cumple con:   

 

  • Acreditar que se cerciore, permanentemente, y supervisa que los contratistas cumplan con las disposiciones y medidas aplicables en materia de seguridad y salud en el trabajo, respecto a los trabajadores de éstas últimas, cuando efectúen labores en sus instalaciones

 

 

Respecto a las condiciones de seguridad para realizar trabajos en espacios confinados, la empresa INCUMPLE con:

 

  • Proporcionar a los trabajadores que desarrollan actividades en los espacios confinados tipo I y II, equipos portátiles para detectar deficiencia de oxígeno, atmósferas inflamables o explosivas, y concentración de contaminantes químicos del ambiente laboral.
  • En su procedimiento de seguridad para las actividades a desarrollar en los espacios confinados, carece de la forma de mantener una atmósfera respirable o la obligatoriedad de utilizar equipo de protección respiratoria con línea de suministro de aire o equipo de respiración autónomo, así como tiempo estimado de duración de las actividades y tiempo máximo de permanencia.
  • En su procedimiento de seguridad para el muestreo y monitoreo para detectar atmósferas peligrosas en los espacios confinados, no se cuenta con toma de las características del tipo de medición y toma de muestras del espacio confinado.
  • Plan de trabajo específico para realizar trabajos en espacios confinados, especificando nombre de responsable, vigía y trabajadores que intervienen, así como bitácora de inicio y fin del trabajo.
  • Autorización para desarrollar trabajos en espacios confinados, con datos como identificación, ubicación y clasificación del espacio, fecha y hora de vencimiento de la autorización, elementos de revisión que garanticen el aislamiento del espacio confinado.
  • Plan de atención de emergencias que incluya brindar los primeros auxilios y eliminación de riesgos después de la emergencia, interrupción del funcionamiento de la maquinaria y equipo, entre otras especificaciones.
  • Acreditar que se designa al responsable y al vigía de los trabajos en espacios confinados.
  • Acredita que se verifica que los contratistas cumplen con lo señalado en la norma, cuando el patrón conviene los servicios de terceros para realizar los trabajos en espacios confinados.

 

 

Derivado de estos incumplimientos, la STPS hizo los requerimientos administrativos para que la empresa instalada en San José Chiapa pueda resarcir las faltantes. Como ya se dijo, las inspecciones extraordinarias fueron en abril (del 13 al 16), pero recién, VERÍDICO PUEBLA obtuvo la información, tras un proceso de acceso a la información pública.

 

*Esta nota queda sujeta a ampliaciones, de acuerdo al derecho de réplica de las partes involucradas*

 

Foto ilustrativa de Tarek Mashhour, presidente  ejecutivo de la empresa Audi México

Respecto a estos requerimientos que hizo la STPS a Audi México, la firma dijo que ya ha cumplido el 82 por ciento de ellos, durante los meses transcurridos, aunque no especificó cuáles son los que ya ha cubierto y cuáles representan el 18 por ciento que faltan por cumplir. 

 

El área de comunicación interna de la compañía ubicada en San José Chiapa dijo a VERÍDICO PUEBLA que se encuentra en tiempo y forma para completar la solicitud de la STPS. 

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