VERÓNICA DE LA LUZ
¿Sabías que el SAT puede hacer auditorías electrónicas a personas físicas y morales, e incluso, notificar sus actos de autoridad, mediante el buzón tributario?
Ante ello, Israel Pérez Arteaga, con maestría en Derecho Fiscal y Especialidad en Impuestos, hace 4 recomendaciones para que la autoridad fiscalizadora no encuentre desprevenidos a los contribuyentes y ellos estén listos para cuando el SAT les haga requerimientos. De esta manera se pueden evitar multas y embargos.
Primero, hay que precisar que ya es posible que el SAT haga fiscalización electrónica a personas físicas y morales, es decir, una auditoría que puede ser solicitada a partir de la información contenida en las facturas electrónicas. La notificación de estos procedimientos se hace de manera electrónica, mediante el buzón tributario.
El buzón tributario -dice el SAT- es un mecanismo de comunicación entre el contribuyente y el Servicio de Administración Tributaria. Para habilitarlo, se tiene que registrar un número de celular y correos electrónicos para oír las notificaciones.
Teniendo ello de contexto, Pérez Arteaga reconoce que este sistema fiscalizador electrónico pone en desventaja a personas que no tienen acceso a Internet, o que lo tienen, pero son analfabetas digitales, es decir, que no carecen de facilidad para manejar correos electrónicos o la plataforma del SAT.
Pese a ello, en entrevista con VERÍDICO PUEBLA, reconoce que, al ser una obligación del Código Fiscal de la Federación, debe cumplirse. El también consejero de la Cámara de Comercio, Servicios y Turismo en Pequeño de Puebla (Canacope) da algunos tips para cumplirse de una manera óptima:
Para mayor información: https://fb.watch/6W0fktutTa/
Foto ilustrativa: Unsplash
Foto ilustrativa: Udlap
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