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Audi México modifica jornada laboral para empleados, por cambio de turnos; ellos quedan a deber horas y hay inconformidad

Foto ilustrativa: Audi México 

VERÓNICA DE LA LUZ

El desabasto de semiconductores ha provocado cambios en el esquema de producción en Audi México, e incluso, modificaciones en la jornada laboral de los trabajadores. Es decir, que los empleados del tercer turno han pasado al primero o al segundo, dependiendo de las necesidades de la empresa.

 

Estos cambios están considerados en el Contrato Colectivo de Trabajo, pero hay inconformidad de algunos trabajadores, pues en el caso de quienes cubren las jornadas mixta y nocturna, podrían “quedar a deber” horas a la empresa, aún cuando salga de sus manos la decisión de cambiar su jornada laboral, situación no prevista en la Ley Federal del Trabajo (LFT).

 

Como dato de contexto la Ley Federal del Trabajo (Artículo 61) dice que, quienes laboran en un primer turno deben cubrir un máximo de 48 horas a la semana (8 horas por 6 días); quienes lo hacen en el turno mixto deben cubrir 45 horas por semana (7.5 horas por 6 días), y quienes lo hacen en el nocturno, deben cubrir 42 horas (7 horas por 6 días).

 

La empresa Audi México ha tenido paros técnicos, pero de última hora, ha hecho algunas modificaciones en las que se requiere una mayor fuerza laboral y cambio de turnos para los empleados.

Ante ese panorama, el Sindicato Independiente de Trabajadores de Audi México (Sitaudi) publicó un esquema (con una Fe de Erratas) de lo que pasará si hay modificaciones de turnos.

 

  • Si a los trabajadores del tercer turno se les transfiere al primer turno, entonces deben trabajar 6 horas extra por semana, que deberían serles pagadas al 200% .
  • Si a los del tercer turno se les cambia al segundo, entonces trabajarán 3 horas extra por semana, lo que también les implicaría un pago al 200% solo de las horas extra.
  • Si están en el primer turno y los cambian al tercero, entonces son los empleados quienes quedarán a deber 6 horas a la empresa, y que deberán pagar cuando la firma lo requiera, bajo el esquema de “día a resguardo”.
  • Si están en el segundo turno y se les cambia al tercero, quedan a deber 3 horas a la empresa.
  • Si están en el primer turno y los mueven al segundo, quedan a deber 3 horas como “día a resguardo”.
  • Si pasan del segundo al primer turno, se les pagarán 3 horas extra por semana.
 

La Ley Federal del Trabajo hace las siguientes presiones respecto a la jornada laboral y las horas extra:

 

  • Las horas de trabajo extraordinario se pagarán con un ciento por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada
  • La prolongación del tiempo extraordinario que exceda de nueve horas a la semana, obliga al patrón a pagar al trabajador el tiempo excedente con un doscientos por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada, sin perjuicio de las sanciones establecidas en esta Ley
 

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