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El plazo para que las empresas pagaran las utilidades terminó el 30 de mayo; sin embargo, tienes un año para exigir esta prestación a tus patrones, e incluso, solicitar una inspección a la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) y a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo (Profedet).
La autoridad laboral te recuerda que, si en el año 2020, trabajaste “de planta” o de forma eventual, los patrones o patronas están obligados a pagarte lo proporcional, si la empresa generó utilidades en el año.
Esta prestación debe pagarse del 1 de abril al 30 de mayo, cuando se trata de las empresas, y del 1 de mayo al 30 de junio, si los patrones son personas físicas.
De acuerdo a las autoridades fiscalizadoras del país, tienen derecho a recibir esta prestación, las y los trabajadores que laboran al servicio de una o un patrón, a excepción de:
Ahora bien, hay empresas que no están obligadas a otorgar esta prestación a sus colaboradores, por tener las siguientes especificaciones:
Si no recibiste utilidades denuncia en inspeccionfederal@stps.gob.mx o acude a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, para asesorarte.
Si requieres una visita de inspección, acude a la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo.
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(Incluye infografía)
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